Esta es una pregunta fundamental si tú o algún familiar tiene una condición de discapacidad reconocida.
A diferencia de la jubilación ordinaria —que en 2025 se sitúa en los 66 años y 8 meses para quienes han cotizado menos de 38 años y 3 meses—, el sistema contempla opciones especiales que permiten adelantar la edad de retiro.
En este post te explicamos en qué consiste la jubilación anticipada por discapacidad, quién puede acceder a ella y qué requisitos debes cumplir para beneficiarte de este derecho.
¿Qué es la jubilación anticipada por discapacidad y quién puede solicitarla?
La jubilación anticipada por discapacidad es un beneficio que permite acceder a la pensión antes de la edad legal establecida, cuando una persona sufre una discapacidad permanente que le impide continuar con su actividad laboral. Su objetivo es proteger a quienes, por condiciones físicas, sensoriales, intelectuales o mentales, no pueden seguir trabajando.
Este derecho varía según el país y el sistema de pensiones —ya sea público o privado—, pero en general se aplican requisitos comunes tanto para trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia, entre ellos:
- Acreditar una discapacidad permanente igual o superior a un porcentaje determinado (por ejemplo, en España, el 45%).
- Contar con un certificado oficial emitido por una entidad reconocida, como un tribunal médico o la seguridad social.
- Estar en situación de alta o en una situación asimilada en el sistema de la Seguridad Social.
El marco legal español dio un paso importante en mayo de 2023, cuando el Consejo de Ministros aprobó un real decreto que amplía las opciones de jubilación anticipada para las personas con discapacidad. Desde entonces, quienes acrediten una discapacidad igual o superior al 45% pueden jubilarse a partir de los 56 años. Y si el grado de discapacidad alcanza o supera el 65%, la jubilación anticipada puede solicitarse desde los 52 años.
Edad mínima para jubilarse por discapacidad del 45% o 65% en España
Las opciones de jubilación anticipada se estructuran en dos categorías principales, cada una diseñada para responder a las realidades específicas que viven las personas según la severidad de su discapacidad.
Discapacidad igual o superior al 65%
Los 52 años marcan el punto de partida para quienes enfrentan las mayores limitaciones. Esta edad mínima refleja el entendimiento de que las personas con discapacidades severas experimentan desafíos extraordinarios para mantener su actividad laboral hasta edades avanzadas, además de posibles reducciones en su expectativa de vida.
Una de las fortalezas de este mecanismo es su flexibilidad: el acceso al beneficio no depende de cuándo surgió la discapacidad, sino de contar con la certificación oficial que acredite el grado, emitida por el organismo autonómico competente.
Eso sí, es necesario acreditar un período mínimo de cotización efectiva durante el tiempo en que la discapacidad ya estaba reconocida.
